Campo Profesional
El campo profesional del Notario o Escribano está dado en general por las prescripciones de las leyes orgánicas notariales de cada provincia, quienes establecen los deberes, atribuciones, competencia territorial y ratione materiae, incompatibilidades, así como códigos de ética y deontología notarial, lo que abona la posición doctrinaria amplia que sostiene que el escribano ejerce una magistratura con delegación del Estado, obligatoria, reglada y jurisdiccional restringida. Es funcionario público en el ejercicio de sus funciones específicas y también un profesional del derecho. Pueden desempeñarse para:
- Ejercer en todos los aspectos la función notarial conforme a las atribuciones que le asignan las leyes específicas que regulan la función.
- Dar autenticidad a los hechos y actos jurídicos con su intervención y los que requieran formalidad de escritura pública.
- Labrar toda clase de actas de notoriedad.
- Como escribanos de gobierno y de municipalidades.
- En la carrera judicial.
- Director de Registros Públicos de distinta naturaleza.
- Peritos inventariadores y tasadores en los juicios sucesorios.
- Asesor de empresas en lo atinente a las cuestiones jurídicas formales.
- En el mundo de la economía y finanzas como asesor y especialista en contratación.
- Incumbencias emergentes de los Códigos de Procedimiento Civil y Comercial.
Intervención en ejecuciones especiales